PROCESO ELECTORAL PARA RENOVACION DEL PLENO DE LA CÁMARA
I.- Normativa aplicable
- Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación (BOE nº 80, de 2 de abril de 2014).
- Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón (BOA nº 68, de 10 de abril de 2015).
- Real Decreto 669/2015, de 17 de julio, por el que se desarrolla la ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. (BOE nº 171, de 18 de julio de 2015).
(De acuerdo con el informe técnico elaborado por la Secretaría General Técnica del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, emitido el 5 de enero de 2016, será de aplicación supletoria, hasta la aprobación del reglamento ejecutivo de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, en el caso de existencia de lagunas jurídicas, en los supuestos que la citada ley remite a la normativa reglamentaria su regulación). - Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España (BOE nº 238, de 5 de octubre de 2021).
- Reglamento de Régimen Interior de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel.
II.- Apertura del proceso electoral
La Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, publicada en el BOE de 5 de octubre de 2021, declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de España.
El proceso electoral queda abierto el 7 de octubre de 2021 y finalizará el día 15 de noviembre de 2023.
Esta Orden determina el inicio del proceso de renovación de los Plenos de las Cámaras de Comercio españolas, que en el caso de Teruel, supone la conformación del nuevo Pleno establecido en el artículo 11 de la Ley 3/2015, de 23 de marzo, de las Cámaras de Comercio de Aragón, que quedará integrado por:
a) 14 Vocales representantes de todas las empresas pertenecientes a la Cámara atendiendo a la representatividad establecida en el Reglamento de Régimen Interior.
b) 2 Vocales representantes de empresas y personas de reconocido prestigio designados a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales más representativas.
c) 4 Vocales representantes de las empresas de mayor aportación voluntaria en la demarcación.
Como primer paso, procede la Exposición del Censo Electoral, diez días después de abierto el proceso, con el objeto de que pueda ser modificado de oficio o a instancia de parte, con las altas y bajas debidamente justificadas por los electores interesados. El Censo es la base para la elección de los 14 Vocales representantes de las empresas.
Posteriormente, corresponderá a los órganos competentes de las Administraciones Tutelantes la convocatoria de elecciones en el marco del plazo indicado en la Orden citada.
III.- Vocales electos del Pleno
El artículo 11 de la Ley 3/2015, de 25 de marzo, de las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, en su apartado 2, a), determina que el Pleno de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Teruel estará compuesto, entre otros, por 14 Vocales representantes de todas las empresas pertenecientes a su demarcación, atendiendo a la representatividad de los distintos sectores económicos a que pertenezcan, de acuerdo con la clasificación en los grupos y categorías establecidos en el Reglamento de Régimen Interior.
Así, el artículo 13 del Reglamento de Régimen Interior de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Teruel, aprobado por Orden de 29 de septiembre de 2016 de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, determina los grupos electorales, actividades que agrupan y los Vocales a elegir en cada uno, de la siguiente forma:
Grupos electorales
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1. ENERGIA E INDUSTRIA EXTRACTIVA:1 vocal
Del 111 al 255
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2. INDUSTRIA EN GENERAL: 2 vocales
Del 311 al 399 y del 431 al 495
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3. INDUSTRIA AGROALIMENTARIA: 1 vocal
Del 411 al 429
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4. CONSTRUCCION: 2 vocales
Del 501 al 508
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5. COMERCIO: 3 vocales
Del 611 al 665
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6. HOSTELERIA Y TURISMO: 2 vocales
Del 671 al 687
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7. TRANSPORTES Y REPARACIONES: 1 vocal
Del 691 al 769
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8. SERVICIOS DIVERSOS Y FINANCIEROS: 2 vocales
Del 811 al 999, excepto 841, 842, 843, 849.1, 849.2
849.7, 942.1, 943, 944 y 945y además de la Sección II:
511, 611, 721, 724, 727, 728, 748, 749,
853, 854, 855, 871, 872, 873, 884 y 885.
IV.- Exposición del Censo Electoral
El Censo Electoral está constituido por la totalidad de las personas físicas o jurídicas, nacionales o extranjeras, que ejerzan las actividades comerciales, industriales o de servicios no excluidas de conformidad con el artículo 8 de la Ley 3/2015, de 23 de marzo, de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón.
El Censo Electoral de la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Teruel comprende la totalidad de sus electores estructurados según lo dispuesto en el artículo 13 de su Reglamento de Régimen Interior.
La inscripción en el Censo Electoral de la Cámara es requisito indispensable para poder ejercer el derecho electoral activo y pasivo.
Consultar el Censo Electoral
En cumplimiento de la Orden ICT/1074, de 30 de septiembre y de lo previsto en el Artículo 29 de la Ley 3/2015, de 25 de abril, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón, el Censo Electoral de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel, actualizado al menos a fecha 1 de enero de 2021, estará expuesto durante el plazo de 20 días naturales, desde el próximo día 25 de octubre hasta el día 26 de noviembre de 2021 (ambos incluidos).
Lo estará en:
- Su sede social de calle Amantes, 17 en Teruel.
- Su delegación en Alcañiz, en Avda. de Aragón, 85.
- En su página Web, www.camarateruel.com , proceso electoral, con el link CONSULTA CENSO ELECTORAL
El objeto de la exposición es la posibilidad de modificar el Censo, de oficio o a instancia de parte, con las altas y bajas debidamente justificadas.
"Los datos incorporados en el presente censo electoral han sido incluidos por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación y en el artículo 29 de la Ley 3/2015, 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de
Aragón con la finalidad exclusiva del adecuado desarrollo del proceso electoral en curso. Su uso por los interesados deberá realizarse única y exclusivamente con dicha finalidad, debiendo respetarse en todo caso las previsiones oportunas contenidas en la normativa de aplicación, en particular en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal."
Reclamaciones al Censo Electoral
Las reclamaciones sobre la inclusión o exclusión de las empresas en los grupos y categorías correspondientes podrán presentarse, en las sedes de la Cámara ó en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. , desde el día 25 de octubre hasta el día 26 de noviembre de 2021, utilizando para ello los modelos normalizados que se adjuntan:
El Comité Ejecutivo de la Cámara resolverá sobre las reclamaciones presentadas en plazo, hasta el 14 de diciembre, pudiendo ser recurridas sus resoluciones en Alzada, ante la Administración Tutelante, en el plazo de 10 días.
Contacto
Para cualquier cuestión sobre el proceso electoral pueden dirigirse a la Secretaría General de la Cámara en el teléfono 978 618191 y email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..