SUBVENCIONES A AUTÓNOMOS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA, ORIENTADA AL MANTENIMIENTO DE SERVICIOS EN LOS PUEBLOS DE LA PROVINCIA DE TERUEL 2024
Convocatoria vigente hasta 8 de agosto de 2024
Núm. 2024-2435 – BOP TE 11/07/2024. Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel la convocatoria de ayudas a autónomos para el fomento de la actividad económica orientada al mantenimiento de servicios en los pueblos de la provincia de Teruel 2024.
Los beneficiarios son:
- Los trabajadores por cuenta propia, que estén dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en la provincia de Teruel en el momento de efectuar la solicitud y que cumplan los requisitos establecidos en la cláusula sexta de esta convocatoria.
- También podrán ser beneficiarios de esta subvención aquellos trabajadores que tengan su domicilio fiscal en poblaciones en la provincia de Teruel con más 500 habitantes, pero que presten servicios de podología, peluquería y/o fisioterapia en poblaciones con menos de 501 habitantes. Podrán ser beneficiarios de la ayuda siempre y cuando aporten certificación del Ayuntamiento de la población menor de 501 habitantes, en la que presten los servicios acreditando la prestación habitual y continuada de los mismos. (Anexo II DF>500Hab)
Cuantía de la subvención:
El crédito disponible para la financiación de las subvenciones previstas en estas bases asciende a un importe máximo de 250.000,00 euros.
La cuantía máxima de subvención a conceder a un solicitante no superará el 80% del importe de las cuotas
del pago del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos correspondientes a un máximo de ocho meses dentro del periodo de ejecución, no superando la cuantía de la subvención en ningún caso, los 1.600,00 euros.
En el caso de ser un autónomo de los previstos en la cláusula 5.2 de esta convocatoria la cuantía máxima de subvención a conceder por solicitante no superará el 40% del importe de las cuotas del pago del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos correspondientes a un máximo de ocho meses dentro del periodo de ejecución, no superando la cuantía de la subvención en ningún caso, los 800,00 euros.
Período subvencionable:
- Periodo de ejecución: desde el 1 de enero hasta el 30 de septiembre de este ejercicio
- Plazo de justificación: El plazo para justificar esta subvención finalizará el 31 de octubre de 2024.
El plazo de presentación: El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 8 de agosto de 2024.
Documentación solicitud:
Las solicitudes y la justificación se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel: https://dpteruel.sedelectronica.es/