AYUDAS PARA PROYECTOS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Y ECONOMÍA CIRCULAR DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
Convocatoria vigente hasta 29 de Octubre de 2024
El Departamento de Medio Ambiente y Turismo, convoca ayudas para Proyectos de Eficiencia Energética y Economía Circular de las Empresas Turísticas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU. ORDEN MAT/822/2024 – BOA 29/07/2024
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas, que sean titulares de empresas turísticas, o propietarios de edificios o locales en los que se desarrollen las actividades de dichas empresas, así como de otras actividades económicas vinculadas al sector turístico.
Periodo Subvencionable:
- Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.
- Todos los proyectos objeto de ayuda deberán estar ejecutados y justificados antes del 31 de mayo de 2025.
Plazo de presentación: El plazo para presentar las solicitudes de subvención comprende desde el 30/07/2024 al 29/10/2024.
** Se presentará una única solicitud por establecimiento o actividad de servicios. En el supuesto de beneficiarios con varios establecimientos, deberá solicitarse para cada uno de ellos de manera independiente.
Actuaciones subvencionables:
Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías y cumplir con los requisitos específicos que se establecen para cada una de ellas en el anexo I “Actuaciones subvencionables”:
- Tipología de actuación 1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
- Tipología de actuación 2. Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria; incluida la instalación de redes de calor y frío alimentadas por fuentes de energía renovable y/o calor residual para complejos turísticos de varios edificios.
- Tipología de actuación 3. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
- Tipología de actuación 4. Sustitución de aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia con etiquetado energético.
- Tipología de actuación 5. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones frigoríficas, reguladas por el Reglamento de Seguridad en Instalaciones Frigoríficas.
- Tipología de actuación 6. Implantación de instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo con o sin almacenamiento.
- Tipología de actuación 7. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones mediante la implantación de sistemas de digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificios u otras instalaciones.
- Tipología de actuación 8. Implantación de medidas de gestión de residuos.
- Tipología de actuación 9. Implantación acciones que fomenten la producción y obtención de suministros de proximidad («km0»).
- Tipología de actuación 10. Implantación de acciones de formación y concienciación de plantilla y sensibilización de clientes.
- Tipología de actuación 11. Implementación de programas de gestión sostenible de recursos, modernización y ampliación de equipos.
A tener en cuenta:
- Se incluyen las empresas de turismo activo inscritas como tales en el Registro de Turismo de Aragón y se excluyen de estas ayudas las viviendas de uso turístico.
- La inversión mínima subvencionable por establecimiento será de 25.000 euros.
Importe de las ayudas:
La cuantía o intensidad de la ayuda no podrá exceder los porcentajes siguientes sobre los costes subvencionables:
- a) 35 %, cuando el solicitante tenga la consideración de gran empresa.
- b) 45 %, cuando el solicitante tenga la consideración de mediana empresa.
- c) 55 %, cuando el solicitante tenga la consideración de pequeña empresa.
** Ayudas Mínimis, donde la intensidad de la ayuda podrá ser del 100% cuando la ayuda se conceda al amparo del Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, y hasta un límite de 300.000,00€ para todas las ayudas de mínimis concedidas a una empresa durante cualquier periodo de tres años, incluido el importe de la ayuda solicitada. https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Procedimientos/Paginas/default.aspx?IdProcedimiento=2083&p=2&TMs=29
Impresos de solicitud, modelos, convocatoria completa y tramitación: